sábado, 13 de mayo de 2023

Interpuse denuncia contra Claudia Hernández Ávila por Abuso de Autoridad, Delitos en la Administración de Justicia, Ejercicio Indebido del Servicio Público y Delitos contra la Dignidad de las Personas, ante la FECCJ

Hoy, a las 20:54 horas, envié la denuncia:


Guadalajara, Jalisco, sábado 13 de mayo de 2023


C. GERARDO IGNACIO DE LA CRUZ TOVAR


FISCAL ESPECIALIZADO EN EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN


PRESENTE


ROBERTO PATRÓN ZEPEDA, por mi propio derecho, manifestando ser mexicano, de 53 años de edad, del sexo masculino, defensor de derechos humanos independiente, y por ello en estado de vulnerabilidad, señalando como domicilio el ubicado en Calle Coronel Calderón # 592, Colonia El Retiro, en Guadalajara, Jalisco, con el número telefónico celular 33 1908 9585, así como el correo electrónico roberto_patron@protonmail.com, a través del cual solicito me sean notificados los actos procesales relacionados con el presente asunto en términos de los artículos 83, 85 y 91 del Código Nacional de Procedimientos Penales, respetuosamente y bajo protesta de decir verdad acudo a usted para exponer:


Que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 94 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1, 15, 16, 20, 211, 221, 222, 223, 224, 225, del Código Nacional de Procedimientos Penales, 12, 13, 14, 15, 19, 20, 21, 23, del 144 al 154 del Código Penal para el Estado de Jalisco, presento formal DENUNCIA en contra de la servidora pública, en ejercicio de funciones, CLAUDIA HERNÁNDEZ ÁVILA, que se desempeña en la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas Jalisco (CEEAVJ), y de QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, por los delitos, previstos y sancionados en el Código Penal para el Estado de Jalisco:


Abuso de Autoridad. Artículo 146, fracciones II, IV y VII.


Delitos cometidos en la Administración de Justicia y en otros Ramos del Poder Público. Artículo 154, fracciones IX y XII.


Ejercicio Indebido y Abandono del Servicio Público. Artículo 145, fracción IV.


Delitos contra la Dignidad de las Personas. Artículo 202 Bis, fracciones II y III.


Cometidos en mi contra, y para el efecto narro los siguientes:


H E C H O S


El jueves 6 de abril, a las 14:20 horas, me presenté en la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas Jalisco con el fin de recibir asesoría jurídica en cuanto al delito de amenazas, por entonces todavía no denunciado, cometido en mi contra por los dueños y administradores de una casa de huéspedes, en la que yo estaba rentando un cuarto, sin haber interrumpido nunca el pago, mensual, por adelantado.


Me atendió una persona, del sexo femenino, que sin portar gafete (cuando menos a la vista) ni identificarse de alguna otra forma, violando así el artículo 87, fracción I, de la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco, y tras preguntarle su nombre tres veces, al final de la conversación, terminó de decir que su nombre es Claudia Hernández Ávila.


Al exponerle que el dueño del inmueble me estaba presionando de manera injustificada (e ilegal) para que me fuera de allí, ella simplemente me respondió que si "el señor se está portando ya grosero" conmigo, me salga de allí al finalizar mi periodo de un mes pagado; omitiendo así, esta servidora pública, reconocer mis derechos como arrendatario y las obligaciones del arrendador como tal según el Código Civil de Jalisco, y asumiendo así prácticamente la función de defensora de mi victimario, y revictimizándome, con evidente parcialidad, discriminación y abuso de autoridad, entre otros delitos.


Su función en este sentido ilegal arrogada en mi contra, fue insistente y además tan subjetiva y sin ninguna fundamentación jurídica, que cuando le pregunté el porqué de su postura, simplemente me respondió "Porque no sé..." y "Es que es lo que no sé".


Evidentemente, el atrevimiento de su abuso, se basó en su confianza basada en el hecho de que puesto que el motivo de mi consulta era mi insuficiencia de conocimientos jurídicos, y por lo tanto así además revelé de manera implícita no ser de recursos económicos suficientes para contratar un abogado particular, no llegaría a darme cuenta, por esa ignorancia, de su abuso, o cuando menos no me atrevería, debido a esa relativa vulnerabilidad económica, a cuestionar su abusiva conducta, y me iría de allí, revictimizado, sin consecuencias para ella jurídicamente.


De lo cual se desprende que, evidentemente, su parcialidad fue por motivos discriminatorios, y violatoria del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como constitutiva de Delitos contra la Dignidad de las Personas, fracciones II y III, en términos de lo dispuesto por el Código Penal de Jalisco.


Por otra parte, durante los primeros cinco minutos de la conversación, con notoria impaciencia, Claudia Hernández Ávila volteó dos veces a mirar su celular por un instante cada vez, como viendo la hora. Lo que hizo evidente que cuando menos parte del motivo de su manifiesta parcialidad fue satisfacer, indebidamente, algún interés propio o de otra persona en hablar conmigo lo menos posible.


Después de reconocer su ignorancia en cuanto a lo que incluso con impaciencia y con tono molesto me aseveraba, Claudia Hernández Ávila me dijo que la CEEAVJ se dedica solo a casos del orden penal. Y, pese a ello, previamente me trató de convencer en cuanto a asuntos del orden civil, y contra mis derechos y en beneficio de mi victimario; añadiendo, así, a su parcialidad y discriminación, la violación del artículo 145, fracción IV, del Código Penal de Jalisco, constitutiva del delito de Ejercicio Indebido y Abandono del Servicio Público.


Lo anterior es una síntesis de los hechos que en casi todos sus detalles particulares, incluyendo el tono con que hablamos, puede conocerse en una grabación de audio que realicé de esta conversación.


De la cual hice la transcripción de casi todo su contenido, exceptuando solo unos minutos del final; archivo completo a que incluyo más abajo enlace para su descarga y/o audición en línea.


Claudia-Hernandez-Avila_Su-extrema-corrupcion-en-la-CEEAV-Jalisco.mp3    55.58 MB    24:17 min


Contenido transcrito* de este archivo de audio:


* Anoto con una serie de letras equis (p. ej. xxxx) partes del audio que al reescucharlo no entiendo y no recuerdo. E intercalo comentarios, que separo con asteriscos (**********) de lo transcrito.


Minuto 4:38

Roberto Patrón Zepeda (RPZ): Buenas tardes.


Minuto 4:39

Claudia Hernández Ávila (CHA): Buenas tardes. ¿Con quién tengo el gusto?


Minuto 4:43

RPZ: Me llamo Roberto Patrón Zepeda.


Minuto 4:45

CHA: Ah, okey, señor Roberto. Dígame, en qué le puedo ayudar.


Minuto 4:48

RPZ: Pues, tengo un problema, desde hace meses, que estoy rentando... eh un cuarto, en un hostal...


Minuto 4:54

CHA: Umjú.


Minuto 4:54

RPZ: ... una habitación... desde... desde octubre del año pasado, en 2022...


Minuto 4:58

CHA: Mm.


Minuto 4:59

RPZ: Y... esta persona, el dueño, y... dos de sus familiares, que viven a un lado...


Minuto 5:05

CHA: Umjú.


Minuto 5:06

RPZ: ... el dueño del hostal, me está tratando de echar, del hostal, siiin... ninguna justificación. De hecho, yooo... muchas veces se lo he dicho ¿no? Cada vez que me ha... eh... presionado, para eso, eh... le he dicho queee... mm... pues que él no tiene ninguna justificación ¿no? Y... lo único que sucede, es que se enoja y maltrata... y me dice que me tengo que ir y hasta me pone un límite; entonces, esto ha llegado... hasta tal grado, que... que yo creo que ya se convirtió, también, en un delito penal, una cuestión penal. ¿Por qué? Porque hace dos días, incluso llamó a un policía, lo metió al hostal, y me tocaron la puerta, de la habitación.


Minuto 5:55

CHA: Pero usted paga bien sus días...


Minuto 5:56

RPZ: Claro... claro. O sea, eeh... yo conozcooo... eeh, más o menos, eeh... yo no conozco mucho del lado civil, conozco un poco más del lado penal; pero, sí he leído todo lo que vi en el Código Civil [de Jalisco] en cuanto a arrendamiento ¿no? Que no es mucho ¿no? Eeeh... y pues ahí yo veo que, o sea, yo no estoy incumpliendo de ninguna forma ¿no? De hecho, yo y pues "denúnciame". "Denúnciame", así de fácil. Y... no me quiere denunciar, ¿por qué? Pues no tiene prueba de nada ¿no? Ni la va a tener nunca. Entonces, ummmm... entonces, llev, llevó un policía, lo que es ilegal, también, ¿no? O sea, no hay flagrancia de delito, no hay... una orden judicial.


Minuto 6:33

CHA: Lo que debe de hacer, usted, es ir a levantar su denuncia a la catorce. Ahí, a la... catorce, y ya que ahí ya levante su denuncia.


Minuto 6:42

RPZ: Sí. Ahora, aquí, o sea, la pregunta que yo traigo, eeeh, bueno son varias preguntas ¿no? antes de, denunciar...


Minuto 6:49

CHA: Umjú.


Minuto 6:50

RPZ: O sea, si no, pues, hubiera ido primero para allá ¿no? pero, eeeeh... yooo... no sé exactamente, cómoo... denunciar. Yo sé que... quee... bueno, mucha gente dice, pues nomás basta con que vayas y narres los hechos ¿no? y ellos se van a encargar.


Minuto 7:05

CHA: Umjú. Es correcto.


Minuto 7:07

RPZ: Pero muchas veces he visto quee... o seaaaa... eh... narra los hechos uno, y... y no toman en cuenta algunas cosas.


Minuto 7:14

CHA: Ah, bueno, entonces cuando usted, vaya y haga su denuncia, y lo que usted le dijo a él, cuando se lo vayan a dar a firmar, usted lo tiene que leer, "sabes qué aquí no le pusiste esto, pues no salió esto".


Minuto 7:24

RPZ: Ah, no, ot no, o sea no me refiero a eso, a lo que me refiero es a que... mmmm... a que hay delitos que ellos no toman en cuenta. O sea, yo lo... si yo no lo fundamento, ellos dicen, "ah, pues no sabe nada de derecho", y... y por lo tanto, pues, le vamos a poner la pena más... más baja ¿no?


Minuto 7:44

CHA: De esto, primero, va a ir a levantar su denuuuncia —alargando así esta palabra para enfatizar que el procedimiento es muy largo, además de corrupto—; ya después de su denuncia le van a pedir testiiigos —insistiendo en desanimarme—; va a llevar un proceeeso —por si no estuviera aún lo bastante desanimado, vuelve a alargar la palabra—. Eeeh... si es amenazas, le van a hacer que se vaya a hacer su dictamen psicolóógico. Se lo tiene que ir a haceeer. Son protocolos que se tienen que seguir para, que, pueda, tener la base la, la denuncia que usted va a llevarnos.


**********

Al decir, al final, "llevarnos", en lugar de "llevarles", Claudia Hernández Ávila deja notar la causa de sus cinco énfasis disuasorios, puesto que el trabajo es también para ellos, los de la CEEAVJ. 

**********


Minuto 8:02

RPZ: Ajá. Aquí lo que yo, lo que... yo quiero fundar también es, por ejemplooo... eeeh... o sea qué sería ahí, cuál sería ahí el problema, o sea, legal, o sea, eeh... qué es lo que está sucediendo, legalmente, porqueee... yooo... o sea, lo, lo que he visto, lo que he buscado, he buscado esto en el código penal, y no encuentroo... eh... o sea... O sea, no encuentro agresiones, de qué manera...


Minuto 8:34

CHA: Amenazas, no sé si lo amenace... que lo va a sacar de ahí. Esas son amenazas.


Minuto 8:41

RPZ: Um, o sea, me está presionando.O sea, yo eso lo considero como tortura, pero veo que en el Código [Penal] no aparece como tortura, porque solamente se considera a servidores públicos...


Minuto 8:51

CHA: Umjú.


Minuto 8:51

RPZ: ... no a particulares. O sea, ese es el principal problema. Yo, incluso, pienso que necesito una orden de restricción, o algo así.


Minuto 8:59

CHA: Pero es que está en su casa. Usted está en suuu... en en en su espacio ¿no? Si él le está diciendo que se salga, no sé cuáles sean los, los detonantes de porque él quiera que se salga.


**********

Hasta aquí, en ningún momento he dicho que el dueño del hostal o casa de huéspedes viva allí mismo. En muchos de estos casos no es así. Tampoco Claudia Hernández Ávila me lo ha preguntado. Para ser neutral, se hubiera informado al respecto primero, simplemente preguntándome. Sin embargo, una vez más, asume una postura preconcebida y con total parcialidad en mi perjuicio como víctima y en favor de mis victimarios, hasta por el tono impaciente y molesto con que aquí me objeta, como defensora a ultranza e incondicional (a ciegas) de los victimarios.


Incluso también con esto, desde luego, Claudia Hernández Ávila vulnera el artículo 145, fracción IV, del Código Penal de Jalisco, constitutiva del delito de Ejercicio Indebido y Abandono del Servicio Público, puesto que la comisión, empleo o cargo que aquí de hecho ella desempeña no solo es distinta de la que realmente tiene, sino incluso contraria. Lo cual es más grave en su caso, como servidora pública, agrediendo en vez de proteger a las víctimas de otros delitos.

**********


Si usted está, bueno, yo, en mi consideración, y en mi punto de vista, si veo que el señor se está portando ya grosero con usted, pues usted, digo, salirse de ahí, porque él va a seguir, sal, eh, molestándole.


Minuto 9:22

RPZ: No, sí, pero para eso existen las leyes. O sea, no me voy a salir nada más porque él se porta grosero. Entonces qué fácil sería para todos los arrendadores sacar a todos nada más portándose groseros.


Minuto 9:33

CHA: Pero no sé yo la realidad. O sea, usted me está comentando que, eeeeh, no sé por cuál sea el motivo y por cuál ya no quieres que usted quede ahí..., por cómo se renta ese lugar, si por semana o por, quincena le paga, o co, cómo le paga. No lo sé.


Minuto 9:47

RPZ: No, se paga por mes. Yo lo estoy pagando por mes.


Minuto 9:49

CHA: Ah, okey. ¿Ya se les venció suuu... contrato de este mes?


Minuto 9:51

RPZ: No, no, no.


Minuto 9:52

CHA: Ah, entonces, dile, usted le puede decir al señor ¿sabes qué? Yo tengo un contrato de un mes, y yo me voy a salir hasta que se termine el mes.


Minuto 10:01

RPZ: Bueno, no hay un contrato escrito. Es un contrato tácito.


Minuto 10:05

CHA: Sí, pero nos está, está, ahí tiene las líneas donde él está diciendo que se lo renta por tal meees..., la ca, por la cantidad de tanto, me imagino, 


Minuto 10:13

RPZ: Ajá, sí, sí, o sea todo eso ya está visto.


Minuto 10:14

CHA: Es cumplir solamente, y usted decirle "¿sabes qué? No, no podemos..."


Minuto 10:17

RPZ: No, sí, sí.


Minuto 10:18

CHA: O usted decirle a él, no vas a tener ningún problema, déjame terminar mi mes, y ya, pues ¿qué sigue? si en este mes, no pues que sí, voy a buscar dónde ir.


Minuto 10:25

RPZ: Por supuesto que no. Por supuesto que no, no lo voy a buscar, porque tengo derecho a estar ahí.


Minuto 10:29

CHA: A ver.


Minuto 10:31

RPZ: O sea, la ley me dice que tengoo... eh, cómo mínimo un año...


Minuto 10:36

CHA: Pero eso no es una casa. Es un hostal, señor. No es lo mismo. No es lo mismo una casa a uun... a un hostal.


Minuto 10:42

RPZ: ¿Por qué?


Minuto 10:44

CHA: Porque no sé cómo lo renten los hostales. Es que es lo que no sé. Hay veces que te lo rentan por día, poor... 


Minuto 10:48

RPZ: No.


Minuto 10:49

CHA: ...por noche...


Minuto 10:50

RPZ: Se está rentando por mes.


Minuto 10:51

CHA: Um.


Minuto 10:52

RPZ: Ajá. Entonces, es lo que yo estoy viendo.


Minuto 10:54

CHA: Pero también no sabemos de cuant, e, el contrato ¿está hecho por un año?


Minuto 10:59

RPZ: No, no, peroo...


Minuto 10:59

CHA: ¿Por cuánto tiempo lo haces?


Minuto 11:00

RPZ: No, perooo... el contrato dic, digo el Código Civil [de Jalisco], dice, que cuando no hay un contrato...


Minuto 11:06

CHA: Umjú.


Minuto 11:07

RPZ: O sea, el, un contrato por escrito, o sea el contrato tácito es, eeeeh... es, por cuando menos un año. Obligatoriamente, tiene que ser, como mínimo, un año. Entonces, esta persona, al, apenas cuando van... cinco meses, ya me está tratando de sacar. Y yo tengo derecho a quedarme más tiempo.


Minuto 11:29

CHA: Bueno, yo lo, lo único que le recomiendo, vaya y levante su denuncia, si las, si lo está amenazando, ooo cosas por sacarle, puede ir a... a firmar, no sé si usted tenga un contrato de un año, o si lo haya firmado por un año, no sé... por cuanto tiempo haya hecho usted el, el, eeel... 


Minuto 11:44

RPZ: No...


Minuto 11:44

CHA: ... contrato.


Minuto 11:45

RPZ: No hay contrato. No hay contrato.


Minuto 11:47

CHA: De hecho, él tiene la obligación, tiene la obligación, como arrendador, tiene la obligación de hacer contrato.


Minuto 11:54

RPZ: Y no lo hizo. Entonces, ahí ya también está violando la ley. Pero, de todas maneras, aunque no haya contrato, el Código Civil dice que yo tengo derecho a estar como mínimo un año. 


Minuto 12:04

CHA: ¿Y eso ya lo platicó usted con el señor?


Minuto 12:07

RPZ: Eso, eso ya lo sabe él. Por eso le he dicho. Y... y sería absurdo queee..., eeh... que yo tuviera la culpa o que se me responsabilizara a mí por no decírselo, porque él tiene la obligación de saberlo. O sea, si lleva muchos años dedicándose a eso, aunque llevara un día, o sea desde antes de abrir el negocio él ya tiene que saberlo. Entonces, de hecho, o sea, eh, um, la ignorancia de la ley, pues no lo exime de responsabilidad ¿no? Son cosas que hace.


Minuto 12:34

CHA: Umjú.


Minuto 12:35

RPZ: Entonces, eeeh, pues, además, cuando yo digo las cosas, o se las... quiero decir, se las quiero comenzar a decir, eeh me, eeh... no me deja hablar. O sea no le interesa. Ya le dije una vez, "lee el Código Civil", le dije. Y, me diceee, eeh, dice "el Código Civil me vale". Entonces, o sea, no le interesan las leyes. Quiere hacer todo, a su manera ¿no?


Entonces, eh, eso, eso no es una casa, es un hostal. O sea, él no vive ahí. Él vive, a un lado. Pero, aunque viviera ahí, o sea la, viene siendo lo mismo, ante la ley, es lo que yo estoy leyendo, en el Código Civil. O sea, que, por ejemplo, hay un arrendamiento, y, más abajo, habla, del arrendamiento, con servicios incluidos. Servicios, por ejemplo, de cocina, baño compartido, eeh, algunas otras cosas ¿no?


Minuto 13:30

CHA: Umjú.


Minuto 13:30

RPZ: ... que contienen gimnasio, o algo así ¿no? Entonces, es lo mismo. Es lo mismo. Es una casa de huéspedes, una casa de asistencia. Eso ya se diferencia de lo que es hotel. Entonces, aquí, el problema es que, eh, ni siquiera sé dónde poner una denuncia civil, porque, o sea, claro, estááá... la opción de la Fiscalía, pero ese es otro asunto, penal.


Minuto 13:58

CHA: Ah, okey, con la civil se va a ir aquí, para que le asignen un asesor, eeeeeeh... se va a ir aquí aaaaa... ay ¿cómo se llama? Se llama... Procuraduría Social.


Minuto 14:11

RPZ: Umjú.


Minuto 14:12

CHA: Ahí le asignan un asesor jurídico... Ahí pregúntele cómo puede hacerle. No sé si en el, ahí le asignan un asesor jurídico, y ya ahí se anota un escrito para hacerlo por la vía civil. Lo que quiere hacer usted.


Minuto 14:23

RPZ: Umjú. ¿Y hay otra forma de hacerlo, aparte de esa?


Minuto 14:26

CHA: Mmmm... desconozco.


Minuto 14:28

RPZ: Umjú.


Minuto 14:29

CHA: Desconozco. Si ahí puede ir... Ahí lo a, puede ir ahí con los asesores jurídicos. Ahí hay una Procuraduría Social. Y está aquí por la [escuela] normal. Y ahí pregunte, porque se baja en el tren, en la normal, y ahí... checa... eh.... ay, ya ahorita hay varios edificios de ese lado, no recuerdo dónde es.


Minuto 14:45

RPZ: No, sí, sí, sí. O sea, de hecho ayer yo fui para allá.


Minuto 14:48

CHA: Umjú.


Minuto 14:48

RPZ: Sí, ya sé, por eso te preguntaba que si había otra opción, porqueee... me encontrééé... una, una situación de corrupción extrema, platiqué como con cinco abogados, con una corrupción... de lo más asombroso, y con el último que hablé, ese de plano me dijo, me dice, es que, dice, los, los hostales se toman en cuenta, como hoteles, me dice.


Minuto 15:10

CHA: Es lo que le digo.


Minuto 15:11

RPZ: Sí; no, sí. Pero yo le dije "okey", le dije, y ¿en qué parte, en que ley dice, porque no he encontrado, o sea, eso, es lo que yo pienso, ¿sí?, no se lo dije a él en ese tono, ¿no?, me he encontrado con una corrupción extrema, en todo el gobierno, en todas las asesorías jurídicas que he encontrado...


Minuto 15:31

CHA: Umjú.


Minuto 15:31

RPZ: Por corrupción o negligencia, extrema, y... y yo necesito datos verificables, porque ya no confío en ninguno de ellos, y, tengo toda la razón, lógica, de... de no confiar. ¿Por qué? pues por las experiencias que he tenido. De que me están diciendo mentiras xxxxxx se contradicen, entre ellos. He llamado a la Comisión [Estatal de Derechos Humanos], y le llamo a tres asesores, y me dicen, cosas que se contradicen entre sí, versiones diferentes, tres versiones diferentes; le llamo a otro y me dice una cuarta versión.


Minuto 16:02

CHA: xxxxxxx Le comento, nosotros aquí es la asesoría penal. Laa civil, yo le comento, puede ir ahí, yo le estoy diciendo adonde vaya. Me dice que no, que porque ya fue y... nooo... le pareció la forma; aquí en xxxxxx, para que nosotros lo podamos apoyar tiene que levantar suu... denuncia penal, allí en Fiscalía, y ya aquí se le asigna un asesor para que le ayude con el seguimiento a la carpeta de investigación. Los, servicios de aquí son sin costo.


Minuto 16:25

RPZ: Umjú. Sí, es que allí el asunto es que... para poder regresar yo allí, primero tengo que denunciarlos a ellos, pero los voy a denunciar. Los voy a denunciar en la Fiscalía Anticorrupción. Por cada uno, o sea por todos los delitos que cometieron, porque son toda una serie, entonces no va a ser fácil ¿no? Me voy a tardar varios días. Son como cinco abogados. Y, además, por la complicidad que hay entre todos ellos. Estaban todos juntos, cuando me dijeron que no me iban a dar asesoría. Entonces son cómplices todos. Entonces, antes de poder regresar, como ya no me quieren atender, tengo que denunciarlos. Y luego regresar.


Minuto 17:00

CHA: No, usted está en su derecho de hacer lo que usted crea...


Minuto 17:03

RPZ: Sí, por eso decía ¿no? o sea, eeh, u, la, una de las preguntas principales que yo traía aquí era ver eso, o sea, que si había otra opción. Mientras, o sea, eeh... en cuanto a denuncia... civil. Porque, bueno, yo heee... he visto...


Minuto 17:18

CHA: Pues ahí te asignan el asesor jurídico para que te ayude con tu proceso.


Minuto 17:21

RPZ: Ajá.


Minuto 17:21

CHA: Y en este caso, se va a meter la denuncia porque creo que te ayudan a hacer tu escrito, o algo así, no sé. O si no, váyase a ciudad judicial. Ahí ya en ciudad judicial pregunte cómo ahí le pueden asignar un asesor. Va a que le ayuden con, e, u, con el tema que usted me está comentando.


Minuto 17:36

RPZ: Umjú.


Minuto 17:37 

CHA: Puede ir a hacerlo de esa manera. Si no le dieron respuesta acá, puede usted ir solo a preguntar cómo le pueden ayudar, pues acá en, Procu Social, no le quisieron asignar el asesor jurídico, y aquí cómo lo podrían apoyar. También puede ser de esa manera.


Minuto 17:49

RPZ: O porque otra opción que yo vi antes, e, fuee... en el, el Instituto Federal de la Defensoría Pública, pero ahí me dijeron que ellos se dedicaban...


Minuto 17:57

CHA: Ah, esos son para puros im... imputados.


Minuto 18:02

RPZ: Bueno, es que... no sé si... o sea, si la Defensoría es para, obviamente, ¿no? para puros...


Minuto 18:06

CHA: Para imputados.


Minuto 18:08

RPZ: Sí. Pero, eeh, cuando ellos hablan de asesoría, esoo, yo lo entendía como otra cosa ¿no? como que se podía...


Minuto 18:15

CHA: Asesor jurídico es para víctimas, aquí un ejemplo es usted si denuncia es víctima. Y si aquí me viene una persona "¿sabes quééé... me levantaron una denuncia pooor..., un ejemplo, amenazas, y yo soy el imputado", yo no lo puedo atender. Lo tengo que derivar, aaa... a Procu Social, para que ahí le asignen un asesor jurídico, porque él es imputado. La Defensoría Pública es para defensores, eh, defensores de oficio, que defienden a los imputados.


Minuto 18:42

RPZ: Umjú.


Minuto 18:43

CHA: En este caso, usted, está, me está contando que es víctima de un delito, y entonces, tiene que, ahí en, en Procu Social, uno también los envía para que lo puedan apoyar, para que usted le a, asig, haga, le asignen el asesor para que le ayuden allá en, en, en, en lo civil donde usted quiera hacer... lo civil.


Minuto 19:04

RPZ: Umjú. Bueno, no sé, no sé cómooo... no sé si hay una definición, en la le, en la ley, del... Instituto Federal de la Defensoría Pública, perooo... yo he ido en otras ocasiones, y heee... he solicitado asesoría como, como víctima, y sí me han... me han orientado algo, pero, ellos me han dicho que, la objeción de que ellos se dedican principalmente a casos federales.


Minuto 19:27

CHA: Ah, federales, delitos federales.


Minuto 19:29

RPZ: Hey, o sea delitos federales. Entonces, e no, ellos no saben mucho de... delitos... o sea xxxxxxx


Minuto 19:34

CHA: xxxxx xxxxx es federal.


Minuto 19:36

RPZ: Hey. Sabes qué, me dice, te recomiendo, dice, donde sí van a saber, este asunto, eeh... yo creo que es ahí en la Comisión Estatal Ejecutiva de Atención a Víctimas.


...


Minuto 22:41

Le pregunto su nombre tres veces, y me dice, al fin, en tres partes, que es Claudia Hernández Ávila.


Para efectos de acreditar la existencia de los hechos delictivos denunciados y quién o quiénes los cometieron o participaron en su comisión, incluyo enlace para la audición, la visualización y la descarga del siguiente archivo de prueba:


Claudia-Hernandez-Avila_Su-extrema-corrupcion-en-la-CEEAV-Jalisco.mp3    55.58 MB    24:17 min


https://mega.nz/file/y3REDCAQ#vgeCvVphLDrH2SLaVAWb0z-HG0Laj2D3HJTVlRmCpF8


URL corto:

https://is.gd/gPzzyF


Adicionalmente, al tiempo que envío esta denuncia, subo a través del mismo formulario Web de la FECC, el texto de la misma en un archivo PDF.


Por lo expuesto y fundado;


A USTED C. FISCAL ATENTAMENTE PIDO:


PRIMERO.- Tenga por formulada la presente DENUNCIA por los hechos narrados en el capítulo respectivo y en contra de CLAUDIA HERNÁNDEZ ÁVILA y de quienes resulten responsables; en términos del artículo 131, fracción II, del Código Nacional de Procedimientos Penales.


SEGUNDO.- Inicie la investigación correspondiente, realizando los actos a que se refieren los artículos 131, fracción V, y 212 del Código Nacional de Procedimientos Penales.


TERCERO.- Notifique al correo indicado el número de Carpeta de Investigación que recaiga a la presente denuncia.


CUARTO.- Procurar que los culpables no queden impunes; ello de conformidad con los artículos 20 apartado A fracción I, y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículos 109, 127, 131 y 213 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Particularmente, se solicita obtenga las grabaciones de las cámaras de seguridad que se encuentren alrededor del lugar de los hechos.


QUINTO.- Solicitar —en el momento procesal oportuno— la reparación del daño a que tengo derecho, en términos de lo dispuesto en los artículos 20 apartado C, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 109, fracciones XXIV y XXV, del Código Nacional de Procedimientos Penales.


ATENTAMENTE


Roberto Patrón Zepeda



Esta denuncia en formato PDF:

Denuncia-contra-Claudia-Hernández-Ávila_a-FECCJ_May-13-2023.pdf    120.02 KB    13 pp

https://mega.nz/file/X35RCKwa#PI1UFTDJnvtsZvAryG6FwEK58GrtAHSXSCWimg8STJQ


Video tomado a este envío:

Screenrecorder-2023-05-13-20-51-45-892.mp4    163.31 MB    03:09 min

https://mega.nz/file/rnAhwBbC#E_nls0Pl75uKkxOubnZvB8NKBE4BF70DiBVTb0WMVvk


Respaldo de esta publicación:

https://archive.is/AE3Q1

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Interpuse denuncia contra Claudia Hernández Ávila por Abuso de Autoridad, Delitos en la Administración de Justicia, Ejercicio Indebido del Servicio Público y Delitos contra la Dignidad de las Personas, ante la FECCJ

Hoy, a las 20:54 horas, envié la denuncia: Guadalajara, Jalisco, sábado 13 de mayo de 2023 C. GERARDO IGNACIO DE LA CRUZ TOVAR FISCAL ESPECI...